ANSeS prorrogará plazo para aceptar la Reparación Histórica abreviada

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ANSeS prorrogará plazo para aceptar la Reparación Histórica abreviada

La ANSeS creó procedimientos abreviados para que grupos de jubilados que se encuentren en situación de mayor vulnerabilidad cobren los reajustes de la Reparación Histórica antes de que el acuerdo sea homologado por la Justicia. Pero aunque el jubilado esté cobrando en forma anticipada, debe prestar su consentimiento en la página web del organismo.

Así lo indicaron voceros de ANSeS, que mientras tanto está agotando todos los canales de comunicación -correos electrónicos, mensajes de texto y cartas en papel- con los jubilados para explicarles que están alcanzados por la Reparación Histórica y pedirles que reconozcan el monto reajustado y acepten el acuerdo.

Además, a partir de este mes colocará leyendas en los cajeros automáticos y en el homebanking y desde mayo, en los recibos de los haberes jubilatorios.

Esta norma permitirá a la ANSeS dejar con efecto la recomposición del haber a pesar de que se hubieran cumplido los seis meses y los jubilados no hubieran cumplido los pasos previstos por las normas.

Y alcanzan los 600.000 jubilados de un universo de casi 900.000 que cobran en forma anticipada los que tienen este trámite de aceptación pendiente, según el organismo.

Sumando los casos de procedimientos abreviados y comunes que lograron homologaciones en la Justicia, ANSeS espera poder alcanzar el millón de jubilados incorporados al programa el mes que viene.

Son cuatro los tipos de trámites pendientes para los jubilados que cobran en forma anticipada: los que aún no dieron consentimiento que gozan del ajuste liquidado; los pendientes de aceptación que aún no han obtenido la nueva liquidación; los titulares que han aceptado el acuerdo y tienen habilitada la opción para designar un abogado, y los que designaron un abogado, pero que aún deben aplicar la huella judicial.

Los jubilados que cobran el reajuste de forma anticipada son los que no hubieran iniciado juicio y cuyo haber reajustado sea inferior a dos y media veces el haber mínimo garantizado. Que además tengan cumplidos más de 80 años o padezcan una enfermedad grave o el incremento del haber no supere el 30% del haber mínimo.

Posteriormente, se aplicó este procedimiento abreviado para los beneficiarios que tengan cumplidos 75 años, que requieran una solución con mayor urgencia, o cuyos incrementos no sean significativos.

Cuando el incremento del haber sea inferior al haber mínimo, los jubilados sólo tienen que dar consentimiento en la plataforma de “Reparación Histórica” con su clave de la Seguridad Social. Si es superior, el beneficiario deberá, además, suscribir el acuerdo con la huella digital, para que luego sea remitido a la Justicia para su homologación.

Para los dos casos se aplicará la prórroga que publicó ANSeS.


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Fuente: Verónica Dalto, Cronista Comercial


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