Qué es la Prestación de Retiro Proporcional que reemplazará a la moratoria de ANSES

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Lo que propone el gobierno es eliminar definitivamente la moratoria y en su lugar crear la Prestación de Retiro Proporcional. En concreto, quienes no hayan terminado sus aportes, cobrarán a partir de la edad 65 años un haber mínimo equivalente a la Prestación Universal al Adulto Mayor (PUAM), la cual equivale al 80% de la jubilación mínima ($ 260.141,60 contemplando el refuerzo). Para poner en contexto, en mayo los beneficiarios de la PUAM cobraron $ 222.113.


Sobre ese nivel, de acuerdo a la cantidad de años de aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), se pagará un adicional. El Ejecutivo deberá definir qué montos se percibirán según cada caso. Es decir que no cobrará lo mismo una persona con 10 años de aporte que una que contribuyó al SIPA durante 25 años, por citar un ejemplo.


Cuales son los requisitos. a) personas (hombres y mujeres) que hubieran alcanzado los sesenta y cinco (65) años de edad; b)  y que no  cumplan con el requisito previsto en el artículo 19 Inciso “c” de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones: 30 años de aportes. El haber mínimo para los beneficiarios de esta prestación de retiro será el establecido en el artículo 14 de la Ley N° 27.260:el valor de la PUAM y alcanzará únicamente a aquellas personas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de dicha ley, es decir: 


1. Ser ciudadano argentino nativo, por opción o naturalizado, en éste último caso con una residencia legal mínima en el país de diez (10) años anteriores a la fecha de solicitud del beneficio, o ser ciudadanos extranjeros, con residencia legal mínima acreditada en el país de veinte (20) años, de los cuales diez (10) deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud del beneficio.


2. No ser beneficiario de jubilación, pensión o retiro, de carácter contributivo o no contributivo.


3. No encontrarse percibiendo la Prestación por Desempleo prevista en la ley 24.013.


4. En el caso que el titular perciba una única prestación podrá optar por percibir el beneficio que se establece en la presente.


5. Mantener la residencia en el país.


Los beneficiarios de las pensiones no contributivas por vejez que otorga el Ministerio de Desarrollo Social podrán optar por ser beneficiarios de la Pensión Universal para Adultos Mayores, siempre y cuando cumplan con la totalidad de los requisitos previstos en el presente artículo.


Esto no está definido pero como el proyecto remite al art. 13 de la Ley de la PUAM, lo consignamos. La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) en forma previa al otorgamiento de la prestación realizará evaluaciones socioeconómicas y patrimoniales sobre la base de criterios objetivos que fije la reglamentación, a fin de asegurar el acceso a las personas que presenten mayor vulnerabilidad. 


Consecuencias futuras de la derogación de la moratoria anticipada


Según la abogada especializada en temas previsionales, Andrea Falcone, la derogación de la moratoria anticipada implica que 9 de cada 10 mujeres no podrá jubilarse a los 60 años y deberá esperar hasta los 65 años para acceder a una PUAM, en caso de no contar con aportes, o un retiro proporcional. “Esto se debe a que solo el 10% de las mujeres logra completar los 30 años de aportes al alcanzar la edad jubilatoria”, explicó.


Pero la finalización de la moratoria previsional no es una preocupación netamente femenina. De aprobarse la Ley de Bases, 7 de cada 10 hombres tampoco podrán jubilarse a los 65 años, debiendo optar por una pensión no contributiva o una jubilación proporcional. La alta informalidad laboral es el principal motivo por el cual se ha permitido la “adquisición” de aportes a través de moratorias. Es la respuesta que brinda el Estado ante la falta de control del empleo ‘en negro.


De todas formas, se debe recordar que ninguno de estos cambios entrarán en vigencia hasta tanto se apruebe la Ley Bases y se publiquen las reglamentaciones necesarias.


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