MONOTRIBUTO. Rigen las nuevas escalas a partir de Enero 2024

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AFIP dió a conocer las nuevas escalas de Monotributo que  se considerará para la recategorización de Enero 2024




(1) Estarán exentos del pago del impuesto integrado, los monotributistas de las categorías A y B, siempre que no obtengan ingresos por:


Trabajo en relación de dependencia, cargos públicos, jubilaciones, pensiones o retiros.

Dirección, administración o conducción de sociedades.

Locación de bienes muebles o inmuebles.

Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de sociedades

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