AFIP dió a conocer las nuevas escalas de Monotributo que se considerará para la recategorización de Enero 2024
(1) Estarán exentos del pago del impuesto integrado, los monotributistas de las categorías A y B, siempre que no obtengan ingresos por:
Trabajo en relación de dependencia, cargos públicos, jubilaciones, pensiones o retiros.
Dirección, administración o conducción de sociedades.
Locación de bienes muebles o inmuebles.
Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de sociedades