La AFIP redujo las tasas de interés de los planes de facilidades de pago de obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social.

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Mediante la Resolución 5481/2024 publicada en el Boletín Oficial de este martes, se establecieron las  tasas de interés para planes de pago con vigencia desde el 30 de enero y se aplicarán desde el 1° de febrero 2024, sobre la base de las establecidas por la -Resolución 3/2024 del Ministerio de Economía. 



ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 5481/2024

RESOG-2024-5481-E-AFIP-AFIP - Procedimiento. Régimen de facilidades de pago de obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social. Resolución General N° 5.321. Norma modificatoria.

Por ello,


LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS


RESUELVE:


ARTÍCULO 1°.- Modificar la Resolución General N° 5.321, en la forma que se indica a continuación:


a) Sustituir el inciso c) del artículo 9°, por el siguiente:


“c) La tasa de interés de financiación -asignada de conformidad con lo indicado en el Anexo- será la que resulte de aplicar el CINCUENTA POR CIENTO (50%), SESENTA POR CIENTO (60%) o CIEN POR CIENTO (100%) sobre la tasa de interés resarcitorio -vigente a la fecha de consolidación del plan de facilidades de pago- prevista en el artículo 1° de la Resolución N° 3 del 19 de enero de 2024 del Ministerio de Economía o la norma que en el futuro la reemplace.


La tasa obtenida como resultado del procedimiento de cálculo mencionado en el párrafo anterior, se expresará en valor porcentual truncándose en el segundo decimal.”.


b) Sustituir el Anexo “CONDICIONES DE LOS PLANES DE FACILIDADES DE PAGO”, por el Anexo (IF-2024-00239435-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI) que se aprueba y forma parte de la presente.


ARTÍCULO 2°.- La presente resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y resultará de aplicación para los planes de facilidades de pago que se presenten a partir del 1 de febrero de 2024.


ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.


Florencia Lucila Misrahi


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