Fue publicada en el Boletín de este miércoles la Resolución 74/2025 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario que establece las remuneraciones mínimas mensuales y por jornal desde el 1° de marzo 2025 al 31 de julio 2025
Se establece además que los empleadores actuarán como agentes de retención de la cuota de solidaridad que deberán descontar a los trabajadores comprendidos en el marco de la presente Resolución, que se establece en 2% mensual sobre el total de las remuneraciones de dicho personal. Los montos retenidos en tal concepto deberán ser depositados hasta el día 15 de cada mes en la cuenta especial de la U.A.T.R.E. N° 26-026/48 del Banco de la Nación Argentina. Los afiliados a la asociación sindical quedan exentos de pago de la cuota solidaria.