SIRADIG ejercicio 2023: nuevamente se prorroga el plazo para la presentación

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Se publicó en el Boletín Oficial de este jueves, la Resolución General 5519/2024 por el cual se dispone que los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 2.442 y 4.003, sus modificatorias y complementarias, podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) - TRABAJADOR”, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 15 de julio de 2024, inclusive.


La prórroga anterior operaba el 30 de junio 2024


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 5519/2024

RESOG-2024-5519-E-AFIP-AFIP - Impuesto a las Ganancias. Resoluciones Generales Nros. 2.442 y 4.003. Plazo especial para la presentación del Formulario 572 Web. Norma complementaria.


Por ello,


LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS


RESUELVE:


ARTÍCULO 1°.- Los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 2.442 y 4.003, sus modificatorias y complementarias, podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 15 de julio de 2024, inclusive.


ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.


ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.


Florencia Lucila Misrahi

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