La ANSeS informó que, de acuerdo a la Ley de Movilidad Jubilatoria, el primer aumento anual de las jubilaciones y pensiones será del 27,18%
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 38/2024
RESOL-2024-38-ANSES-ANSES
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establécese que el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, correspondiente al mes de marzo de 2024, es de VEINTISIETE CON DIECIOCHO CENTÉSIMOS POR CIENTO (27,18%).
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, oportunamente, archívese.
Osvaldo Eugenio Giordano