Cosecha de algodón en Santa Fe: se fijaron las remuneraciones mínimas

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La Comisión Nacional de Trabajo Agrario a través de la Resolución 27/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial, estableció las remuneraciones mínimas que regirán desde el 1° de febrero 2022 hasta el 31 de enero 2023  y serán objeto de los aportes y contribuciones previstas por las leyes previsionales y asistenciales, y de las retenciones por cuotas sindicales ordinarias. 


• Por cada kilo cosecha → $ 26,32

• Jornal mínimo garantizado → $ 3.123,58


Las remuneraciones establecidas no llevan incluidas la parte proporcional correspondiente al sueldo anual complementario. Los empleadores actuarán como agentes de retención de la cuota de solidaridad que deberán descontar a los trabajadores comprendidos en el marco de la presente Resolución, que se establece en el DOS POR CIENTO (2%) mensual sobre el total de las remuneraciones de dicho personal. Los montos retenidos en tal concepto deberán ser depositados hasta el día 15 de cada mes en la cuenta especial de la U.A.T.R.E. N° 26-026/48 del Banco de la Nación Argentina.

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