AFIP Facturación: identificación del consumidor final. Nuevos montos mínimos desde 2022

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La AFIP actualizó los importes de las operaciones para que los contribuyentes se encuentren obligados a identificar los datos del consumidor final en las operaciones de venta. En tal sentido los comercios minoristas deben identificar al adquirente cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 31.590; o cuando la operación sea por un importe superior a $ 15.795 y no se cancele con medios electrónicos de pago autorizados.


Comercios mayoristas


También deben identificar al consumidor final los sujetos cuya actividad principal sea “comercialización mayorista“ (industria manufacturera; comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas), salvo que la operación se realice por un importe inferior a $ 15.795 y sea cancelada por medios electrónicos.


Esta modificación obedece a la actualización semestral en base al IPC del periodo junio-diciembre 2021 .


¿Qué datos deben contener los comprobantes?


• Apellido y Nombres.

• Domicilio.

• CUIT/CUIL/CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).


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