Ley Tributaria de Santa Fe para el año 2022

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Ingresó a la legislatura provincial el mensaje del gobernador Perotti el proyecto de ley de reforma a la Ley Tributaria para el año 2022 que contempla una actualización del impuesto inmobiliario rural y el impuesto inmobiliario urbano y suburbano y la suspensión para el 2022 de la aplicación de los coeficientes de convergencias, creados por la Ley 13750. Prorroga beneficios de estabilidad fiscal para PyMES y extiende exenciones derivadas de ley dictadas en el marco de la pandemia COVID-19, entre otras cosas.


Asimismo, se contempla la adecuación de los valores mínimos del impuesto sobre los ingresos brutos, los rangos del Régimen Tributario Simplificado, el valor unitario del módulos tributario a los fines del impuesto de sellos y las tasas retributivas de servicios y patente única sobre vehículos.


También se propone, el otorgamiento de beneficios para contribuyentes cumplidores, de tal manera que los titulares de partidas inmobiliarias que no hayan registrado deudas al finalizar los años fiscales 2020 y 2021, contarán con la exención del pago de la última cuota del impuesto que se emita en el año fiscal 2022.


En tanto se prorrogan los beneficios de estabilidad fiscal, únicamente los contribuyentes o responsables que encuadren como “Pymes Santafesinas” y serán de aplicación hasta el 31/12/2022.


Ingresos brutos


Se incrementa el monto hasta el cual se encuentran exentas las actividades industriales en general de empresas.


Excepto los ingresos que provengan del expendio de productos de propia elaboración directamente al público consumidor, la actividad industrial desarrollada bajo la modalidad de fasón y la actividad de transformación de cereales y oleaginosas y se modifican los tramos de ingresos para la aplicación de alícuotas a las operaciones efectuadas por los bancos y entidades financieras.


Actividades afectadas por la pandemia


La Ley Tributaria para el 2022 propone la extensión de los beneficios de exención en los impuestos sobre los ingresos brutos, de sellos y tasas retributivas para los contribuyentes afectados por la pandemia , prorrogando su vigencia hasta el 31 de marzo de 2022.


También se exime a los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos del pago de la patente única sobre vehículos que se determine para el año 2022 respecto al desarrollo de las actividades de viajante de comercio, servicio de transporte escolar y servicios de transporte automotor de cargas a terceros.


Régimen de regularización tributaria


Se establece una moratoria que comprende todos los tributos provinciales impagos, permitiendo regularizar las deudas devengadas hasta el 30 de septiembre de 2021 por impuestos, tasas y contribuciones provinciales, sus intereses y multas.


Podrán incluirse deudas del impuesto sobre los ingresos brutos, inmobiliario, sellos y patente única sobre vehículos, entre otras. Asimismo, quedan excluidos los agentes de recaudación del sistema SIRCREB, por las retenciones o percepciones practicadas o no y los contribuyentes con proceso penal abierto por delitos tributarios referidos a impuestos provinciales.


Reducción de alícuotas 2022


Se establece la aplicación del beneficio de reducción de alícuotas en el ejercicio fiscal 2022 para los contribuyentes que desarrollen las actividades industriales en general, actividades industriales de transformación de cereales llevadas a cabo por pymes santafesinas y actividades industriales realizadas bajo la modalidad de fasón realizadas por los sujetos denominados fasoniers o confeccionistas, siempre que vean incrementada su carga tributaria en el impuesto sobre los ingresos brutos a nivel consolidado.


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Fuente: Errepar

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