REPRO II. Parámetros para acceder al programa

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Mediante la Resolución 650/2021 publicada este lunes en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo, se establecen nuevos parámetros para acceder al programa que entra en vigencia a partir de hoy 25/10/2021 hasta el 31/10/2021


Características del programa:


✔ Monto del beneficio: Consiste en una suma mensual por cada relación laboral activa del sujeto empleador alcanzado por el Programa, de acuerdo a la clasificación 


• Sectores afectados no críticos: $ 9.000.-

• Sectores críticos: $ 22.000.-

• Sector Salud: $ 22.000.-


En el caso que la remuneración neta percibida por el trabajador o la trabajadora sea inferior a dicho valor, el subsidio será igual al 70% de la remuneración neta (que se determinará aplicando el 83% a la remuneración total declarada en el Formulario F-931 de la AFIP) hasta el máximo del beneficio establecido por la presente medida $ 22.000.- para los Sectores críticos y Sector salud y $ 9.000.- para los Sectores afectados no críticos).


 Duración: el beneficio se extenderá por 1 mes. Las empleadoras y los empleadores deberán inscribirse en el Programa en forma mensual para poder acceder al beneficio.


✔ Alcance: el número de empleadoras y empleadores que cubrirá el “Programa REPRO II” se determinará considerando la cantidad de empleadoras y empleadores postulantes, la situación económica, patrimonial y financiera de los mismos, las condiciones imperantes de la economía nacional y el presupuesto asignado al Programa.”


Criterios de preselección y selección para acceder al beneficio


Criterios de preselección:


• El empleador o empleadora debe pertenecer al sector privado.


• No podrán acceder al Programa aquellos empleadores o empleadoras que perciban subsidios del Sector Público, con las excepciones sectoriales definidas por la normativa del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).


• La actividad principal del sujeto empleador debe estar incluida en la nómina de sectores críticos y afectados no críticos, o pertenecer al Sector Salud.


• La variación de la facturación, entre el mes de referencia de 2021 y el mismo mes de 2019, debe presentar:


→ Una reducción superior al 20%, en términos reales, para los sectores afectados no críticos y críticos.


→ Una reducción en términos reales para el Sector Salud.


El Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa REPRO II expresará, en términos nominales, las variaciones reales definidas en el apartado IV de este inciso. Las variaciones nominales resultantes constituirán los parámetros que los sujetos empleadores deberán reunir para cumplir la fase de preselección.


El solo cumplimiento de los criterios de preselección no implica el acceso al beneficio del Programa.


Criterios de selección: Constituyen la evaluación de un conjunto de indicadores económicos, financieros y laborales. Los indicadores son los siguientes:


• Variación porcentual del IVA compras.

• Endeudamiento (pasivo total / patrimonio neto).

• Liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente).

• Variación porcentual del consumo de energía eléctrica y gasífera.

• Variación porcentual de la relación entre el costo laboral total y la facturación.

• Variación porcentual de las importaciones.


Para todos los indicadores el periodo de referencia para la variación porcentual es el mes anterior al mes en el cual el Programa brinda la asistencia y el mismo mes del año 2019.


Los indicadores detallados podrán ser susceptibles de adecuación o modificación de acuerdo a la evolución y desarrollo del Programa.


Se podrán definir parámetros diferenciados para el conjunto de los indicadores seleccionados considerando sí las empleadoras y los empleadores pertenecen a los sectores críticos, no críticos o al Sector Salud.”


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