Trabajadores autónomos: en mayo hay recategorización

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Durante mayo los trabajadores autónomos deberán efectuar la “recategorización anual” para determinar la categoría por la que deben efectuar sus aportes, en función de los ingresos brutos obtenidos durante el año anterior.


La obligación surge del artículo 24 de la resolución general (AFIP) 2217, donde se señala que “los trabajadores autónomos deberán recategorizarse anualmente para determinar la categoría por la que deben efectuar sus aportes. Dicha recategorización se efectuará durante el mes de mayo de cada año.”.


¿Qué sucede si inició actividades recientemente? - En el caso de inicio de actividades, la primera recategorización anual se efectuará en el año inmediato siguiente a la fecha de inicio de la actividad.


¿Cuáles son los montos vigentes de los aportes de autónomos? - La AFIP publicó los valores de los aportes mensuales de los trabajadores autónomos con destino a la Seguridad Social que rigen desde el mes devengado marzo de 2021.





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