Provincia de Chaco: Aplicación y cobro de multas automáticas Ley 3192-F

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Se dio a conocer la resolución general (ATP) 2075/2021,  la Administradora Tributaria de la Provincia de Chaco instrumenta un sistema electrónico para la aplicación y cobro de multas automáticas. Este sistema establece que el incumplimiento a los deberes formales previstos en el Código Tributario Provincial y demás disposiciones que éste contemple, generará la aplicación automática, sin sumario previo, de las sanciones establecidas en el artículo 32° del Código Tributario Provincial, Ley N° 83-F, “Multas por infracción a los deberes formales”.


Se dispone que las sanciones por el incumplimiento a los deberes formales serán notificadas en el domicilio fiscal electrónico del contribuyente y en su respectivo correo electrónico vinculado y validado. Solo en caso de no registrarse dichos domicilios será notificado en el domicilio fiscal constituido en la Administración Tributaria Provincial.


La normativa incrementa la escala de multas por infracción a los deberes formales que va de $ 1.500 a $ 2.500 cuando no se constituye domicilio fiscal electrónico ni se valide Dirección de Correo Electrónico de contacto, por parte de los contribuyentes Locales y de Convenio Multilateral. 


✔ Dato:  cuando presentaren y pagaran la declaración jurada omitida antes del último día del mes en que operó el vencimiento, la multa automática no será generada.


Contribuyentes cumplidores - beneficios: serán categorizados en un sistema de evaluación de riesgo a aquellos que durante el año calendario haya presentado y pagado, en tiempo y forma, todas las declaraciones juradas que le correspondieren,  pudiendo, a criterio de la Administración, ser beneficiario de una reducción del 50% al 100% en multas formales anteriores, que no se encuentren en instancia de ejecución judicial, situación que deberá ser resuelta a pedido del contribuyente


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