Se actualizaron conforme la variación dispuesta por el
Decreto 495/2020, en su artículo 5 inciso b) que en este caso es el 6,12%, los aportes de la trabajadores autónomos, montos mínimos y máximos de remuneraciones imponibles para cálculos de aportes a la seguridad social para a partir del devengado mes de
junio (vence en julio). A continuación la nueva escala de valores
Luego para las categorías mínimas de revista (voluntarios, menores, amas de casa, entre otros) y las categorías de revista vigentes hasta febrero 2007 los aportes actualizados son los siguientes:
Base imponible para el cálculo de aportes a la seguridad social de los trabajadores en relación de dependencia.