AFIP exime hasta el 30/06/2020 a contribuyentes de la obligación de registrar datos biométricos

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La Resolución General 4699 publicada hoy en el Boletín Oficial, establece que se exime a los contribuyentes y responsables, hasta el día 30 de junio de 2020 inclusive, de la obligación de registrar los datos biométricos conforme a lo previsto en el Artículo 3° de la Resolución General N° 2.811, ante las dependencias en las que se encuentren inscriptos, a fin de permitir la realización de las transacciones digitales que así lo requieran.

En los fundamentos de la medida, se expresa que en atención a los decretos del Gobierno Nacional 297, 325 y 355 dictados en el marco de la pandemia COVID-19 (aislamiento obligatorio)  y dada la imposibilidad de los contribuyentes y responsables de concurrir a las dependencias de AFIP, la Resolución General N° 4.685 previó con carácter excepcional, disponer la utilización obligatoria de la modalidad “Presentaciones Digitales” para la realización de determinados trámites y gestiones ante esta Administración Federal.

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