Impuesto a las Ganancias: deducciones especiales de la tercera categoría, créditos incobrables de escasa significación. Importe máximo.

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Impuesto a las Ganancias: deducciones especiales de la tercera categoría, créditos incobrables de escasa significación. Importe máximo.

La Resolución General 4358 publicada hoy en el Boletín Oficial, eleva de $ 10.000 a $ 45.000 el importe máximo de los créditos morosos de escasa significación originados en operaciones comerciales que resultan deducibles de las ganancias de tercera categoría en el impuesto a las ganancias. Es aplicable para los ejercicios cerrados a partir del 13/12/2018

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