El Consenso Fiscal y el aumento de Bienes Personales obtuvieron dictamen en Diputados

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El Consenso Fiscal y el aumento de Bienes Personales obtuvieron dictamen en Diputados
La Cámara de Diputados selló lo que se había gestado en la reunión del martes entre representantes del Gobierno y el bloque Argentina Federal, representante de los gobernadores, para seguir avanzando en la aprobación del Presupuesto 2019. Con firmas el oficialismo y el apoyo de esta bancada -a excepción de Diego Bossio-, obtuvieron dictamen de mayoría la adenda al Consenso Fiscal y el aumento en Bienes Personales.

El primero, explicaron desde Cambiemos, apunta a "acelerar la consolidación fiscal, refiriendo principalmente al equilibrio de las cuentas públicas, armonización de las competencias, servicios y funciones a cargo de las distintas jurisdicciones".

Bienes Personales. El proyecto establece que se eleva el mínimo no imponible a 2 millones de pesos y se instaura una alícuota progresiva: quienes declaren bienes por entre $ 2.000.000 y $ 5.000.000 pagarán una tasa de 0,25%; de $ 5.000.000 a $10.000.000 pagarán 0,50%, y a partir de los $ 20.000.000, 0,75%.

En tanto, la valuación fiscal que se va a utilizar es la de 2017 actualizada por inflación hasta tanto esté operativo el organismo federal que deberá crearse. En el caso de los inmuebles rurales, se instaura un 0.25% plano. Los cambios en las alícuotas operan ha partir del período fiscal 2019.

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Revalúo de Impuesto a las Ganancias para empresas, lo que se acordó es que ahora para ajustar los balances se pase a tomar en cuenta el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y no más el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM).

Esto es porque, acorde a la ley vigente, las empresas podían ajustar sus balances cuando el IPIM superara el 100% en tres años hasta 2020 o cuando un período superara el 33% anual, algo que ocurrió en agosto. Ahora se busca que el ajuste por inflación pase del 33% al 55% para este año, 30% para 2019 y 15% para 2020.

Diego N. Fraga, Socio de RCTZZ Abogados y profesor de la Maestría en Derecho Tributario de la Universidad Austral, agregó que "más allá de los problemas presupuestarios que vive el país, restringir la posibilidad del ajuste por inflación es un lamentable retroceso que vuelve a poner a las empresas ante la necesidad de acudir al litigio como medio para que se les reconozca el efecto de la inflación en sus declaraciones impositivas (...) Desde el punto de vista económico, en un proceso inflacionario récord constituye un grave error con serios efectos en buena parte del sector productivo, al hacer que se tribute sobre rentas ficticias. Desde el aspecto jurídico, el proyecto no respeta las pautas de confiscatoriedad establecidas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en innumerables precedentes y ello llevará a que muchas empresas hagan reconocer sus derechos en los tribunales"

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Por último, se incluyó al régimen del monotributo un tratamiento especial para pequeños productores cañeros y tabacaleros de provincias como Misiones, Salta, Jujuy, Corrientes, Tucumán y Catamarca.


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