Aprueban licencias por nacimientos múltiples, prematuros y defunciones para las empledas de la Municipalidad de Santa Fe

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El Concejo sancionó una ampliación en los derechos de licencias por maternidad para empleadas de la Municipalidad. Ahora se gozará de licencia por maternidad en casos de nacimientos múltiples, de recién nacidos pre término (prematuros, o los nacidos antes de las 37 semanas de gestación) y/o nacidos con alguna discapacidad. Plazos de licencia y modalidad en la nota.

Para todos estos casos, se garantizan seis meses de licencia. La ampliación consiste en otorgar licencias previas al parto (45 días corridos a la fecha probable de nacimiento) y posterior al mismo (105 días corridos) Además, en caso de producirse la defunción fetal o parto con niño fallecido, “corresponderá otorgar 20 días de corridos de licencia especial con goce de haberes a partir de la fecha de la defunción”. Y si durante el goce de licencia posparto ocurriese el fallecimiento del hijo o hija o de todos los nacidos en parto múltiple “corresponderá otorgar 20 días corridos de licencia especial desde la fecha del último deceso”, dice el texto.

“La licencia por maternidad es obligatoria (recuerda la ordenanza) y se dispondrá previa presentación de certificado médico que acredite el estado de embarazo y la fecha presenta del parto”.

Re educación

En el caso de un menor con discapacidad -por causa congénita o sobreviniente- la condición de discapacitado será determinada y certificada por quien corresponda (personal médico) y evaluada trimestralmente. Comprobada la discapacidad, en los primeros tres años de vida del menor se podrá conceder por única vez hasta un año continuo o discontinuo con goce de sueldo “para proceder a la re educación, curación recuperadora o estimulación temprana del menor discapacitado”.

Y en los casos los bebés nacidos pre término que presenten retraso madurativo transitorio y requieran estimulación temprana, a esa condición tendrá que acreditarla mediante la presentación de la historia clínica neonatal del médico pediatra. Se podrá otorgar hasta un año continuo con goce de sueldo.



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Fuente: El Litoral

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