SANTA FE, convenio de la Corte Suprema con la Superintendencia de Riesgos del Trabajo

0

Quedó habilitada la posibilidad de solicitar la realización de pericias médicas derivadas de procesos judiciales a la Oficina de Pericias de la SRT.

El presidente de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Dr. Rafael F. Gutiérrez, y el Gerente General de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Lic. Guillermo Arancibia,firmaron esta mañana en los Tribunales locales, un Protocolo adicional al Convenio Marco de cooperaación y asistencia técnica del año 2015. Acompañaron al presidente de la Corte, Dr. Rafael Gutiérrez, el Dr. Eduardo Spuler y el Procurador General, Dr. Jorge Barraguirre (h).

Lo rubricado posibilita a los distintos órganos jurisdiccionales del Poder Judicial solicitar a la Oficina de Pericias Judiciales de la SRT, la realización de las pericias médicas derivadas de procesos judiciales donde se reclamen rubros y/o conceptos derivados por accidentes de trabajo y/o por enfermedades profesionales.

Como surge del Convenio, las pericias se realizaran conforme a las pautas y el baremo del Sistema de Riesgos del Trabajo, creado por la Ley N° 24.557, complementarias y modificatorias.

Antecedente

La Corte Suprema de Santa Fe ratificaba en el mes de septiembre del 2015, el CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA con la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, mediante el cual se estipulaba que la S.R.T ponía a disposición de la CSJSFE la información referida a:
  1. Registro de Accidentes de Trabajo; 
  2. Registro de Enfermedades Ocupacionales; 
  3. Registro de Contratos de Afiliación; 
  4. Registro de Actuaciones Judiciales de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo; 
  5. Los registros de los que surgen los incumplimientos de los empleadores a las normas de Higiene y Seguridad en el Trabajo; 
  6. Los expedientes ante las Comisiones Médicas , con sus respectivos antecedentes médicos. 
Como contrapartida, en los juicios por accidentes de trabajo iniciados por ante el fuero laboral de la Provincia de Santa Fe, donde intervenga como parte una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.), la S.R.T podrá tener acceso a: a) los datos que individualicen los mencionados juicios, a través del "Sistema de Autoconsulta de Expedientes"; b) al listado de causas inscriptas en el Registro de Enfermedades Ocupacionales en el curso de cada mes calendario.


___
Fuente: Prensa Corte Suprema de Santa Fe

Entradas que pueden interesarte

No hay comentarios