Durante los meses de mayo y junio del año corriente, se abonarán las asignaciones mensuales no remunerativas por única vez por la sumatoria de:
:: Suma No Remunerativa “A”
→ $ 2.035,32 para el personal de la categoría B
→ $ 2.204,69 para el personal de la categoría A
→ $ 2.388,14 para el personal de la categoría A1
→ $ 2.586,76 para el personal de la categoría A2
→ $ 2.802,73 para el personal de la categoría A3
Estos beneficios integrarán la base de cálculo de las indemnizaciones
Asimismo, para el personal administrativo la asignación no remunerativa será
→ Para la categoría B, $ 2.054,02
→ Para la categoría A, $ 2.394,98
→ Para la categoría A1, $ 2.737,95
:: Suma No Remunerativa “B”
Será un monto fijo mensual de $ 2.362 para todos los trabajadores comprendidos en el CCT 564/09. Las empresas podrán optar por liquidar dicho rubro bajo dos voces “suma no rem 2016 A” y “suma no rem 2016B “
» Básicos iniciales desde el 01/07 al 31/08/2016
Para el personal operario comprendido en el CCT 564/09 serán los siguientes:
→ Categoría B → $ 54,423
→ Categoría A → $ 58,951
→ Categoría A1 → $ 63,857
→ Categoría A2 → $ 69,168
→ Categoría A3 → $ 74,943
Para el personal administrativo en el mismo período regirán los siguientes valores:
→ Categoría B → $ 10.984,53
→ Categoría A → $ 12.807,95
→ Categoría A1 → $ 14.642,08
:: Suma fija solidaria
→ Para el período julio - agosto de $ 2.362 que tendrá carácter remunerativos mensuales
y de $ 2.625 desde el 01/09/2016
» Básicos iniciales desde el 01/09/2016
Para el personal operario comprendido en el CCT 564/09 serán los siguientes:
→ Categoría B → $ 59,732
→ Categoría A → $ 64,703
→ Categoría A1 → $ 70,087
→ Categoría A2 → $ 75,916
→ Categoría A3 → $ 82,254
Para el personal administrativo en el mismo período regirán los siguientes valores:
→ Categoría B → $ 12.056,19
→ Categoría A → $ 14.057,51
→ Categoría A1 → $ 16.070,58
También se acordó suma no remunerativa de carácter extraordinario por única vez de $ 8.100 desde el 15/12/2016 y hasta el 15/02/2017
:: Aporte solidario
Los empleadores retendrán de las remuneraciones mensuales el 2.5%
:: Contribución Patronal
Se establece una contribución especial para el cumplimiento de los planes sociales, previsionales y de capacitación:
$ 101,59 por cada trabajador durante los meses de mayo y junio de 2016
$ 10 por cada trabajador desde Julio 2016 a Abril 2017


