SEGURO COLECTIVO, nuevos valores desde mayo 2016

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La Superintendencia de Seguros de la Nación mediante la Resolución 39766/2016 estableció los nuevos valores del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio, el que será equivalente a 5,5 Salarios Mínimos.

El Seguro Colectivo de Vida Obligatorio es una cobertura que obligatoriamente el empleador debe contratar a favor de sus empleados.

Este seguro cubre el riesgo de muerte del trabajador en relación de dependencia, por cualquier causa (incluyendo el suicidio como hecho indemnizable) sin limitaciones de ninguna especie, las 24 horas del día dentro o fuera del país.

Esta prestación es independiente de todo otro beneficio social, seguro o indemnización de cualquier naturaleza fijada en las convenciones colectivas, leyes de seguridad social o del trabajo.

Quedan excluidos de la cobertura 

1/ los trabajadores rurales permanentes amparados por le ley Nº 16600 y

2/ los trabajadores contratados por un término menor a un mes

La falta de contratación, la caducidad o suspensión del seguro hará directamente responsable al empleador del pago del beneficio.

Los valores se ajustarán se ajustará anualmente conforme al último SMVM publicado en el mes de Diciembre de cada año. La suma asegurada que resulte de la actualización comenzará a tener vigencia a partir 1º de marzo del año siguiente. A partir del 1º de mayo de 2016, la suma asegurada es de $ 33.330.-

La prima mensual a abonar a cargo del empleador en virtud de la contratación del seguro es de $ 0,205 mensual por cada MIL PESOS por lo que la suma asciende a $ 6,83 por empleado por mes. Una empresa que tenga 10 empleados pagará $ 68,30

El derecho de emisión anual, se pagará cuando se emita o renueve una póliza, de acuerdo a la siguiente escala:

  • hasta 25 asegurados → $ 12; 
  • entre 26 y 50 asegurados → $ 17 y 
  • más de 50 asegurados → $ 25


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